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Derecho a la vivienda

MAYO 2022

Artículo 27. Todo niño y niña tiene derecho a beneficiarse de un nivel de vida adecuado. Esto significa que el niño/a debe tener unas condiciones de vida favorables para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social, entre las que destaca la de poder gozar de un techo estable. Así, según el artículo 27 de la Convención sobre los Derechos de los Niños y Niñas, los niños y niñas deben disfrutar de una vivienda, así como tener el apoyo de los adultos para tener una buena alimentación, descanso y todos los cuidados necesarios desde su nacimiento.

Es responsabilidad primordial de la familia del niño/a que este derecho sea cumplido, pero en caso de que la familia no pueda proporcionar estas condiciones mínimas, también es obligación del Estado adoptar medidas apropiadas para que esta responsabilidad sea asumida, si es necesario, mediante ayudas económicas.

Mayo

Materiales pedagógicos para trabajar este derecho

Dinámica para trabajar el derecho a la VIVIENDA con NIÑOS/AS

Mural para el derecho a una vivienda digna

Autoría: Centro Socioeducativo Poblenou de la Fundación Pere Tarrés.

Dinámica para trabajar el derecho a la VIVIENDA con JÓVENES

Tu barrio, a través de la cámara

Autoría: Centro Socioeducativo Poblenou de la Fundación Pere Tarrés.

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