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Se aprueba la nueva ley de mecenazgo, que facilitará la desgravación de los donativos para campañas sociales

Se aprueba la nueva ley de mecenazgo, que facilitará la desgravación de los donativos para campañas sociales

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20.12.23

El Consejo de Ministros aprobó ayer definitivamente la reforma de la Ley de mecenazgo, que incluye varios cambios fiscales que facilitarán la solidaridad ciudadana con proyectos y campañas sociales. La reforma, largamente esperada por las entidades del tercer sector, se ha aprobado con amplio consenso político y se prevé que entre en vigor a partir del 1 de enero de 2024. La nueva ley promoverá incentivos fiscales para los donantes y cambios en el régimen fiscal de las entidades sin ánimo de lucro.

Algunos de los cambios más importantes que prevé la reforma son:

  • Aumenta del 35% al ​​40% el porcentaje que podrá deducirse de la cuota del IRPF para los donativos, tanto para personas físicas como jurídicas.
  • Se amplía de 150 a 250 euros la cuantía de las donaciones consideradas micromecenazgo, que permiten un porcentaje de deducción superior, del 80%.
  • Se fomentan las donaciones recurrentes, aumentando el porcentaje de deducción para este tipo de donativos para las personas físicas (pasa del 40 al 45%) y jurídicas (del 40 al 50%), y también reduciendo de 4 a 3 años el número de ejercicios necesarios que es necesario donar a una misma entidad para que la donación sea considerada recurrencia.
  • Se amplía la lista de actividades económicas que pueden disfrutar de la exención: se incluyen las acciones de inserción sociolaboral para personas en riesgo de exclusión social, la formación profesional a personas con altas capacidades o la defensa de los animales, por ejemplo.
  • También se actualiza el concepto de donativo, considerando como donación en especie la prestación de servicios de asesoría o consultoría, la cesión de espacios de publicidad en medios de comunicación o la cesión de uso de bienes inmuebles que las entidades beneficiarias hayan recibido de forma gratuita.
  • Por último, se equipara el régimen fiscal para todas las entidades pertenecientes a las diferentes confesiones religiosas con arraigo en el Estado español.